martes, 12 de enero de 2016

PRL: PREVENCIO DE RSICOS LABORALS
MOBBING
El Mobbing es tractar hostilment a una persona contínuament durant un llarg període de temps en el treball o l’àmbit laboral, això pot provocar problemes psicològics o professionals, a continuació deixarem noticies en les que san donat aquest casos.

La Miguel Hernández deberá indemnizar a un docente por acoso laboral

La sección segunda de Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Universidad Miguel Hernández (UMH) de Elche a pagar 6.000 euros a un profesor que desarrollaba su trabajo en el Campus de Altea al considerar probado que sufrió mobbing o acoso laboral.
El tribunal señala que los informes médicos aportados y las testificales practicadas, entre otros datos, evidencian la existencia de una "situación de hostigamiento prolongada en el tiempo" y "suficientemente importante" para ser calificada de acoso, lo que le lleva a declarar la responsabilidad patrimonial de la Universidad demandada y a fijar una indemnización por daños morales que cifra en 6.000 euros, ya que considera que las dolencias que el docente sufría fueron "agudizadas" por la situación que atravesó.
La sala ha estimado de esta forma en parte el recurso interpuesto por el profesor ante la sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 8 de Valencia, que rechazó la reclamación de acoso moral en primera instancia.
Este órgano judicial entendió que no existía situación de conflicto entre el docente y las instancias universitarias y negaba una situación de acoso, "menos aún" imputable a la persona que el profesor alegaba.Contra esta decisión recurrió el profesor demandante, que desempeñaba sus funciones para la Universidad Miguel Hernández en el campus de las Artes de Altea y que denunciaba una situación de conflicto laboral desde 1999, momento en el que fue nombrado director de la división de pintura de la Facultad de Bellas Artes.
En el curso 2002-2003 se produjo una nueva situación de conflicto por la no contratación de dos profesores, lo que motivó una serie de discrepancias entre el director del departamento de Arte, Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas con el denunciante. Éste incluso estuvo imputado por unas pintadas que aparecieron en el Campus, y por lo que dimitió como director de la división de pintura. La sala ha constatado que la Universidad Miguel Hernández no aprobó una nueva distribución del departamento propuesta por el recurrente, al que se posteriormente se le abrió expediente disciplinario, y también modificó el reglamento de régimen interno del departamento contra el que el denunciante interpuso recurso administrativo.
También se ha constatado por parte de la sala que al recurrente se le incoó expediente "a fin de determinar su incapacidad permanente" y se acordó no declararlo ni enfermedad profesional, ni accidente de trabajo.

Trastorno y depresión

Por todos estos hechos, el profesor presentó un informe médico y tres psicológicos en los que se le diagnosticaba un "trastorno adaptativo con ansiedad y estado de ánimo depresivo" por lo que se concluyó que su situación tenía una "clara relación con el ámbito laboral y mantenida a lo largo del tiempo".
La sala entiende, al valorar los informes médicos y psicológicos presentados por el recurrente, que la sucesión de situaciones conflictivas de índole "profesional, personal e incluso administrativa, sí tienen trascendencia y evidencian una situación de hostigamiento prolongada en el tiempo lo suficientemente importante para poder ser calificada de acoso moral", por lo que estima que hay responsabilidad patrimonial por parte de la Universidad Miguel Hernández.

“Me dijo que me echaría quisiera o no”

Rosa Talón, convertida en símbolo de la lucha vecinal en el barrio del Clot de Barcelona, relató ayer ante el juez el calvario que padece desde hace más de 20 años a manos, presuntamente, del propietario de su finca. El hombre, José Ramón B., de 72 años, afronta una petición de tres años de cárcel por mobbing (acoso inmobiliario). En su declaración, el acusado admitió que pretendía que la mujer abandonara el piso, en la calle de Rogent, “obviamente por las perspectivas económicas y por el riesgo que suponía estar allí”.
Talón, que desde 2003 no tiene suministro de agua en el piso —el único que queda habitado de un edificio enorme— explicó que el hombre la amenazó con echarla de allí “quisiera o no”. La versión del acusado fue muy distinta: relató que intentó llegar a un acuerdo con la inquilina, pero que fue imposible porque esta le exigió una indemnización de 40 millones de euros.
Según la fiscalía, José Ramón es autor de un delito de coacciones por cortar el suministro de agua a Talón y negarse a hacer reformas en la finca, que se encuentra en un estado ruinoso. Desde 1985, cuando se hizo cargo del inmueble, la finca ha sufrido desprendimientos de los balcones, goteras y grietas en las paredes. En 2002, el Ayuntamiento obligó al dueño a hacer reformas. La mujer afirmó que sigue viviendo en los bajos, donde regenta, además, una tienda de cestos. Según su relato, el propietario estuvo 14 años sin cobrarle el alquiler para provocar el desahucio por impago. El acusado justificó que Agbar cortara el suministro porque la mujer dejó de abonar las facturas correspondientes.
Les sentencies legals del Mobbing estan elecció judicial però poder ser des de una multa fins anar a la presó.
La nostra opinió es que creiem que el Mobbing no s’hauria de fer y que això pot produir greus problemes al treballador/a no nomes físics, si no que també psicològics i que si algun treballador en l’àmbit laboral ho pateix tindria que posar-hi una denuncia.

 

 



 

 



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